Se podrá circular con la licencia vencida (pero con una condición)

El gobierno bonaerense estableció que se podrá seguir manejando con la licencia de conducir vencida. Pero puso una condición: se deberá acreditar tener un turno asignado por la autoridad municipal para la renovación, cambio de datos o duplicad. Y solo se podrá circular portando la constancia de ese turno hasta el 31 de enero de 2023.

La disposición fue establecida mediante la resolución 173 del Ministerio de Transporte bonaerense, que fue publicada en el Boletín Oficial del distrito. Asimismo, aquellos conductores que acrediten haber completado el trámite y se les hubiera diferido la entrega de la Licencia en formato físico, también podrán circular con la licencia vencida. 

Será por un plazo máximo de 30 días corridos usando el formato digital también hasta el ultimo día del primer mes del año próximo. En los fundamentos de la medida se explicó que debido a la pandemia muchos trámites de renovación no pudieron concretarse ya que las oficinas estuvieron cerradas. 

Cómo ocurrió hasta ahora

Primero, se prorrogaron los vencimientos de las Licencias de Conducir que operaron entre el 15/02/2020 y el 31/12/2020, por 24 meses. Y los vencimientos de sus similares que operaron entre el 1/01/21 y el 31/12/21, por 18 meses. A medida que fueron disminuyendo las restricciones, se fueron otorgando plazos y modalidades para acceder a la renovación de gran parte de esas licencias.

No obstante, el gobierno bonaerense admitió que se ralentizó el proceso de emisión por la conjunción de vencimientos a partir de mediados de febrero de 2022. Y se agudizó en junio pasado por la coincidencia de tres de esos vencimientos. Es decir, las licencias con caducidad año 2020 y año 2021 prorrogadas y licencias con caducidad año 2022.

Así, se indicó que como consecuencia del gran avance de la campaña de vacunación se continúa incrementando exponencialmente la cantidad de trámites presenciales que se realizan en las sedes de los diferentes Centros de Emisión de Licencias de Conducir de jurisdicción municipal, lo que acarrea dificultades organizativas y por consiguiente la necesidad de volver a adoptar acciones concretas».

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